Custodia compartida en beneficio de los menores

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En Málaga la custodia compartida es la opción en alza en los juzgados de familia. Aunque en Andalucía las leyes no dan prioridad a ninguno de los progenitores, actualmente sigue predominando la opción de custodia monoparental concedida a la madre. Pensando en el beneficio de los menores tanto a nivel psicológico como educativo probablemente sea la opción predominante dentro de unos años.

En palabras del abogado Jesús Odériz Echevarría, experto en divorcios con hijos, «En el País Vasco, Navarra o Cataluña ya estamos con una resolución de casos de divorcio con custodia compartida que rondan el 40% y 44%, mientras que en Andalucía todavía ronda el 18% y 20%». Es verdad que en los últimos años en estas regiones también se han aprobado nuevas regulaciones que dan preferencia a este tipo de custodia.

¿Cuándo es aconsejable la custodia compartida para los hijos?

Cuando se produce una separación o divorcio con hijos es natural que haya desavenencias y reproches. Por desgracia estos conflictos hacen que con frecuencia se pierda las perspectiva. Se debe tratar de proteger el bien del menor, para que la situación anterior y posterior al divorcio sean lo más parecidas.

Desde el punto de vista legal, los expertos en guarda y custodia del despacho Bocanegra Abogados de Málaga afirman «Existen diversas formas de ejercicio de la custodia compartida dependiendo de las distintas circunstancias que puedan darse».

Efectivamente existen diferentes formulas que se adaptan a la realidad de cada familia. El tipo de custodia compartida puede ser según el domicilio donde vivirán los hijos o según el tiempo que permanecen con los progenitores.

El objetivo es que los menores disfruten en la medida de lo posible de una relación afectiva equilibrada con los progenitores. Ambos deberán velar por su cuidado y su educación dentro de sus capacidades y disponibilidad.

Cuando se produce una ruptura, separación o divorcio con hijos hay que intentar hacer el esfuerzo de velar por el interés de los menores. Si no se da una situación de abandono, maltrato psicológico o físico, ni ninguna otra circunstancia similar la guardia y custodia compartida suele ser lo más aconsejable.

Custodia compartida según el domicilio

Una custodia compartida puede fijar un domicilio fijo para los hijos. En tal caso son los padres los que deben ir rotando cada cierto tiempo. Para los menores es lo más cómodo, tienen su espacio y sus cosas, su hogar siempre en el mismo lugar.

La segunda opción es que cada progenitor tenga su propio domicilio y sean los hijos los que vayan rotando. Para los padres puede ser más cómodo pero para los hijos puede resultar más confuso. Además podría dar lugar a que tengan preferencias por un hogar, ya sea por las comodidades, por la proximidad a sus amistades, etc.

En la práctica la formula que se utiliza con mayor frecuencia en Málaga es la segunda. Existe una tercera opción pero es muy poco frecuente, consiste en que ambos progenitores habitan en la misma vivienda.

Custodia compartida según el tiempo de permanencia

Por lo general se establece unos periodos de tiempo equivalentes entre ambos progenitores. Aunque es posible fijar una custodia compartida en la que uno de ellos disfrute de más tiempo, bien por circunstancias laborales o de otro tipo que limiten el tiempo de convivencia.

En función de las circunstancias de cada caso y siempre en interés del menor, se podrán establecer periodos de días, semanas, meses e incluso años.

Cada caso se debe analizar de forma individualizada, porque aunque nos sorprenda en ocasiones se solicita la custodia compartida persiguiendo otros fines, por ejemplo para evitar o reducir el coste de la pensión alimenticia.

¿Se tiene en cuenta la opinión de los menores?

Lo mejor es que los progenitores lleguen a un acuerdo sobre la guardia y custodia. En caso de desacuerdo será un juez quien decida siempre dando prioridad a los menores no emancipados.

El juez no suele tomar declaración a menores de unos doce años, pero es habitual que se solicite un informe pericial. Un equipo formado por un trabajador social y un psicólogo infantil se entrevistarán con la familia. Tras observar y analizar la relación de los progenitores con los menores y sus aptitudes personales se redactará un informe. Dicho informe no es vinculante, pero si se realiza casi siempre es determinante en la decisión del juez.

Aunque no se llegue a tener en cuenta la opinión del menor hay otros factores que influyen. Por ejemplo la edad, el principio de no separar a los hermanos, su lugar de residencia o el tiempo disponibles de progenitores y su entorno.

Para lograr una mayor estabilidad emocional y familiar, así como una mejor adaptación escolar y social, es primordial que los progenitores hagan acuerdos. Por ejemplo es positivo consensuar el estilo educativo y los valores que transmiten a sus hijos. En caso de haber diferencias lo más apropiado a intentar respetar para que el menor no se vea en medio de un conflicto.

Si la relación es correcta, si los domicilio son cercanos y los horarios compatibles la custodia compartida puede funcionar perfectamente.

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